Reglamento Delegado (UE) n ° 78/2014 de la Comisión, de 22 de noviembre de 2013 , que modifica los anexos II y III del Reglamento (UE) n ° 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, por lo que se refiere a determinados cereales que causan alergias o intolerancias y alimentos con fitosteroles, ésteres de fitosterol, fitostanoles o ésteres de fitostanol añadidos
Text
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Article 1
En el anexo II, punto 1, del Reglamento (UE) no 1169/2011, la frase introductoria se sustituye por el texto siguiente: «1. Cereales que contengan gluten, a saber: trigo (como espelta y trigo khorasan), centeno, cebada, avena o sus variedades híbridas y productos derivados, salvo:».
Article 2
En el anexo III, punto 5.1, segunda columna, del Reglamento (UE) no 1169/2011, el punto 3 se sustituye por el texto siguiente: «3) se indicará que el producto no está destinado a las personas que no necesiten controlar su nivel de colesterol en la sangre;».
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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