Reglamento Delegado (UE) n °610/2014 de la Comisión, de 14 de febrero de 2014 , que introduce en lo que respecta a la Empresa Común ECSEL una excepción al Reglamento (UE) n ° 1290/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen las normas de participación y difusión aplicables a Horizonte 2020, Programa Marco de Investigación e Innovación (2014-2020) Texto pertinente a efectos del EEE
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Article 1
No obstante lo dispuesto en el artículo 28, apartado 3, del Reglamento (UE) no 1290/2013, la Empresa Común ECSEL podrá aplicar a la financiación que preste la Unión a una acción diferentes porcentajes de reembolso en función del tipo de participante y del tipo de actividad cuando esa acción sea cofinanciada por uno o más Estados miembros o estos cofinancien a un participante.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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