Reglamento (UE) n ° 1201/2014 del Consejo, de 7 de noviembre de 2014 , por el que se adapta, con efectos a partir del 1 de julio de 2011 , 1 de julio de 2012 y 1 de julio de 2013 , el porcentaje de la contribución al régimen de pensiones de los funcionarios y otros agentes de la Unión Europea
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Article 1
El porcentaje de la contribución contemplada en el artículo 83, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios queda fijado en: a partir del 1 de julio de 2011, un 11 %; a partir del 1 de julio de 2012, un 10 %; a partir del 1 de julio de 2013, un 10,9 %.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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