Reglamento de Ejecución (UE) n °1227/2014 de la Comisión, de 17 de noviembre de 2014 , por el que se fija para el año civil 2014 el porcentaje de ajuste de los pagos directos previsto en el Reglamento (CE) n ° 73/2009 del Consejo y se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) n ° 879/2014 de la Comisión
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Article 1
1 A efectos de la aplicación del ajuste previsto en los artículos 25 y 26 del Reglamento (UE) no 1306/2013 y de conformidad con el artículo 8, apartado 1, del Reglamento (UE) no 1307/2013, los importes de los pagos a tenor del artículo 2, letra d), del Reglamento (CE) no 73/2009 del Consejo superiores a 2000 EUR que deban hacerse a un agricultor por una solicitud de ayuda presentada con respecto al año civil 2014 se reducirán un 1,302214 %.
2 La reducción prevista en el apartado 1 no se aplicará en Bulgaria, Croacia y Rumanía.
Article 2
Se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) no 879/2014.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de diciembre de 2014.
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