Decisión (UE) 2015/811 del Banco Central Europeo, de 27 de marzo de 2015, sobre el acceso público a documentos del Banco Central Europeo en poder de las autoridades nacionales competentes (BCE/2015/16)
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1 Definiciones
A efectos de la presente Decisión, se entenderá por: 1)«documento» y «documento del BCE»todo contenido, sea cual fuere su soporte (escrito en papel o almacenado en forma electrónica o grabación sonora, visual o audiovisual), que el BCE expida o tenga en su poder y que se refiera a sus políticas, actividades o decisiones con arreglo al Reglamento (UE) no 1024/2013;2)«autoridad nacional competente» (ANC)lo mismo que en el artículo 2, punto 2, del Reglamento (UE) no 1024/2013. El presente significado se entenderá sin perjuicio de las disposiciones de la legislación nacional que asignen determinadas funciones de supervisión a un banco central nacional (BCN) no designado como ANC. Con relación a dichos acuerdos, una referencia a una ANC en la presente Decisión también se entenderá hecha al BCN en lo relativo a las funciones de supervisión que la legislación nacional le asigne.
Article 2 Documentos en poder de las ANC
Cuando una ANC reciba una solicitud para un documento del BCE que se encuentre en su poder, la ANC consultará al BCE acerca del ámbito de acceso que debe concederse con anterioridad a tomar una decisión sobre la divulgación, salvo que sea claro que el documento deba o no deba divulgarse. Las ANC podrán, si lo prefieren, remitir la solicitud recibida al BCE.
Article 3 Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el día de su notificación a los destinatarios.
Article 4 Destinatarios
La presente Decisión se dirige a las ANC.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions