Decisión (UE) 2015/1420 del Consejo, de 16 de marzo de 2015, relativa a la posición que se ha de adoptar, en nombre de la Unión Europea, en el Consejo de Asociación establecido por el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra, por lo que respecta a la adopción de una Recomendación sobre la aplicación del Programa de Asociación UE-Ucrania
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Article 1
La posición que se ha de adoptar en nombre de la Unión en el Consejo de Asociación establecido por el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra, por lo que respecta a la aplicación del Programa de Asociación UE-Ucrania se basará en el proyecto de Recomendación del Consejo de Asociación adjunto a la presente Decisión.
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Article único
El Consejo de Asociación recomienda que las Partes apliquen el Programa de Asociación UE-Ucrania que figura en … , en la medida en que tal aplicación tenga por objeto alcanzar los objetivos del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra.
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