Reglamento de Ejecución (UE) 2015/866 de la Comisión, de 4 de junio de 2015, por el que se denuncia la aceptación del compromiso de tres productores exportadores con arreglo a la Decisión de Ejecución 2013/707/UE, que confirma la aceptación de un compromiso propuesto en relación con los procedimientos antidumping y antisubvenciones relativos a las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (como células) originarios o procedentes de la República Popular China durante el período de aplicación de las medidas definitivas
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Article 1
Queda denunciada la aceptación del compromiso en relación con i) CSI Solar Power (China) Inc., Canadian Solar Manufacturing (Changshu) Inc., Canadian Solar Manufacturing (Luoyang) Inc. y CSI Cells Co. Ltd, incluidas conjuntamente en el código TARIC adicional B805; ii) ET Solar Industry Limited y ET Energy Co. Ltd, incluidas conjuntamente en el código TARIC adicional B819; y iii) Renesola Zhejiang Ltd y Renesola Jiangsu Ltd, incluidas conjuntamente en el código TARIC adicional B921.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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