Reglamento Delegado (UE) 2015/1516 de la Comisión, de 10 de junio de 2015, por el que se establece, de conformidad con el Reglamento (UE) n° 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, un tipo fijo para las operaciones financiadas por los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos en el sector de la investigación, el desarrollo y la innovación
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Article 1
El presente Reglamento establece un tipo fijo aplicable a las operaciones en el sector de la investigación, el desarrollo y la innovación, con el fin de determinar previamente los potenciales ingresos netos de estas operaciones y permitir el establecimiento de los gastos subvencionables de las operaciones de conformidad con el artículo 61, apartado 2, del Reglamento (UE) no 1303/2013.
Article 2
A los efectos de la aplicación del porcentaje de ingresos netos uniforme a que se refiere el artículo 61, apartado 3, letra a), del Reglamento (UE) no 1303/2013, se establece un porcentaje único del 20 % para las operaciones en el sector de la investigación, el desarrollo y la innovación.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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