Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2063 de la Comisión, de 17 de noviembre de 2015, relativo a la concesión de un acceso ilimitado libre de derechos a la Unión en 2016 para determinadas mercancías originarias de Noruega resultantes de la transformación de productos agrícolas regulados por el Reglamento (UE) n° 510/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo
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Article 1
1 Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016 se concederá un acceso ilimitado libre de derechos a la Unión a las mercancías clasificadas en los códigos NC 22021000 (agua, incluidas el agua mineral y la gaseada, con adición de azúcar u otro edulcorante o aromatizada), ex22029011, ex22029015 y ex22029019 [las demás bebidas no alcohólicas con azúcar (sacarosa o azúcar invertido), subdivisiones TARIC 11 y 19] originarias de Noruega.
2 Las normas de origen aplicables a las mercancías mencionadas en el apartado 1 serán las establecidas en el Protocolo no 3 del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Noruega de 14 de mayo de 1973.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los siete días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2016.
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