Reglamento de Ejecución (UE) 2016/605 de la Comisión, de 19 de abril de 2016, relativo a la apertura y modo de gestión de un contingente arancelario temporal de aceite de oliva originario de Túnez y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.° 1918/2006
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Article 1
Salvo disposición en contrario del presente Reglamento, serán de aplicación los Reglamentos (CE) n.o 1345/2005, (CE) n.o 1301/2006 y (CE) n.o 376/2008 y el artículo 3 del Reglamento (CE) n.o 1918/2006.
Article 2
1 Se abre para 2016 y 2017 un contingente arancelario anual libre de derechos con el número de orden 09.4033 (en lo sucesivo denominado «el contingente temporal»), en relación con la importación en la Unión de aceite de oliva virgen de los códigos NC 15091010 y 15091090, obtenido íntegramente en Túnez y transportado directamente de ese país a la Unión, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el presente Reglamento. El volumen del contingente temporal será de 35000 toneladas anuales.
2 El contingente temporal solo estará disponible una vez que se haya asignado la totalidad del contingente anual con el número de orden 09.4032, previsto en el artículo 2 del Reglamento (CE) n.o 1918/2006.
3 El contingente temporal se abrirá anualmente a partir del 1 de enero. No obstante, en 2016, el contingente temporal se abrirá desde la entrada en vigor del presente Reglamento hasta el 31 de diciembre de 2016.
Article 3
Las solicitudes de certificado para el contingente temporal serán admisibles a partir del primer lunes o el primer martes siguiente a la entrada en vigor del acto de ejecución por el que se suspenda la presentación de solicitudes para el contingente con el número de orden 09.4032. En 2016, las solicitudes de certificado para el contingente temporal serán admisibles a partir del primer lunes o el primer martes siguiente a la entrada en vigor del presente Reglamento.
Article 4
Se suprime la segunda frase del artículo 3, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1918/2006.
Article 5
El presente Reglamento entrará en vigor a los siete días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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