Decisión (UE) 2017/1792 del Consejo, de 29 de mayo de 2017, relativa a la firma, en nombre de la Unión, y a la aplicación provisional del Acuerdo bilateral entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América sobre medidas prudenciales en materia de seguros y reaseguros
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Article 1
Se autoriza la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo bilateral entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América sobre medidas prudenciales en materia de seguros y reaseguros, a reserva de su celebración. El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.
Article 2
Se autoriza al presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Acuerdo en nombre de la Unión.
Article 3
Los artículos 4 y 7 del Acuerdo se aplicarán de forma provisional, de conformidad con los artículos 9 y 10 del Acuerdo , hasta tanto no terminen los procedimientos necesarios para su celebración.
Article 4
La Comisión representará a la Unión en el Comité Mixto establecido por el artículo 7 del Acuerdo, una vez oídas las opiniones del Grupo «Servicios Financieros» del Consejo, e informará a dicho Grupo, cuando corresponda y como mínimo una vez al año, de los avances en la aplicación del Acuerdo.
Article 5
Las posiciones que se expresen en nombre de la Unión serán adoptadas de conformidad con los Tratados, y por lo tanto por el Consejo en virtud del artículo 16, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea o del artículo 218, apartado 9, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Article 6
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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