Decisión de Ejecución (UE) 2017/2266 de la Comisión, de 6 de diciembre de 2017, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2016/1138 en lo que se refiere a determinados plazos para la utilización de normas del CEFACT/ONU en el intercambio de información relativa a la pesca [notificada con el número C(2017) 8089]
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Article 1 Modificación de la Decisión de Ejecución (UE) 2016/1138
«3 Durante un período transitorio, que finalizará a más tardar el 1 de mayo de 2018, los intercambios de datos sobre actividades de pesca entre dos Estados miembros deberán seguir realizándose con el formato vigente antes del 1 de noviembre de 2017, a menos que tanto el Estado miembro de envío como el Estado miembro receptor puedan intercambiar datos sobre actividades de pesca utilizando el nuevo formato de la norma del CEFACT/ONU.
4 Los intercambios de datos sobre actividades de pesca en el marco de un acuerdo de colaboración de pesca sostenible seguirán realizándose con el formato vigente antes del 1 de noviembre de 2017, hasta la fecha acordada con el tercer país en cuestión.».
«2 A partir del 1 de noviembre de 2018, los sistemas de los Estados miembros deberán poder enviar y responder a solicitudes de datos sobre notas de venta y declaraciones de recogida con arreglo al artículo 146 nonies, apartado 3, del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 404/2011 en el formato CEFACT/ONU P1000-5 para las operaciones que se realicen a partir de esa fecha.».
Article 2 Aplicación
La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de noviembre de 2017.
Article 3 Destinatarios
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
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