Reglamento Delegado (UE) 2017/217 de la Comisión, de 5 de diciembre de 2016, que modifica el anexo II del Reglamento (UE) n.° 978/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aplica un sistema de preferencias arancelarias generalizadas
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Article 1 Modificaciones del Reglamento (UE) n.o 978/2012
El anexo II del Reglamento (UE) n.o 978/2012 queda modificado como sigue: 1) Se inserta el siguiente código alfabético y el correspondiente país en las columnas A y B, respectivamente: «TOTonga» 2) Se suprime el siguiente código alfabético y el correspondiente país de las columnas A y B, respectivamente: «UAUcrania»
Article 2 Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El artículo 1, punto 1, será aplicable a partir del 1 de enero de 2017. El artículo 1, punto 2, será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.
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