Reglamento Delegado (UE) 2017/1181 de la Comisión, de 2 de marzo de 2017, que modifica el Reglamento Delegado (UE) 2017/117 por el que se establecen medidas de conservación de las pesquerías para proteger el medio marino del mar Báltico y se deroga el Reglamento Delegado (UE) 2015/1778
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Article 5 Revisión
1 Dinamarca, Alemania y Suecia evaluarán la ejecución de las medidas establecidas en los artículos 3 y 4 en las zonas 1 a 7 definidas en el anexo, a más tardar, el 30 de junio de 2017.
2 Dinamarca, Alemania y Suecia presentarán a la Comisión un informe resumido de la evaluación a que se refiere el apartado 1, a más tardar, el 31 de julio de 2017.
3 Dinamarca, Suecia, Alemania y Polonia evaluarán la ejecución de las medidas establecidas en los artículos 3 y 4 en las zonas 8, 9 y 10 definidas en el anexo, a más tardar, el 31 de octubre de 2018.
4 Dinamarca, Suecia, Alemania y Polonia presentarán a la Comisión un informe resumido de la evaluación a que se refiere el apartado 3, a más tardar, el 30 de noviembre de 2018.».
Article 2 Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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