Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1433 de la Comisión, de 7 de agosto de 2017, por el que se inscribe una denominación en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Štajerski hmelj (IGP)]
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Article 1
Queda registrada la denominación «Štajerski hmelj» (IGP). La denominación contemplada en el párrafo primero identifica un producto de la clase 1.8, «Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)», que figura en el anexo XI del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 668/2014 de la Comisión .
Article 2
Las menciones «Hopfen aus der Steiermark» o «Hopfen aus der Südsteiermark», en referencia al lúpulo producido en las regiones austriacas de Estiria y Estiria meridional, podrán seguir empleándose en el mercado, siempre y cuando se incluya una referencia adicional clara al origen austriaco en la etiqueta o en la presentación, mediante texto o símbolos o a través de la propia presentación, en el mismo campo visual que la denominación. Los productores austriacos no emplearán elementos que hagan referencia a Eslovenia en el envase.
Article 3
Las menciones «Hopfen aus der Steiermark» y «Hopfen aus der Südsteiermark» utilizadas para la comercialización del lúpulo producido en las regiones austriacas de Estiria y Estiria meridional solo podrán traducirse como «lúpulo austriaco». Si la denominación «Štajerski hmelj» se traduce al alemán, el término «Štajerski» se mantendrá como tal y no se hará referencia alguna a los términos «Steiermark» o «Südsteiermark».
Article 4
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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