Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1964 de la Comisión, de 17 de agosto de 2017, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1239 en lo que atañe a determinadas normas en materia de términos y notificaciones de las cantidades incluidas en los certificados en el sector del arroz (Texto pertinente a efectos del EEE. )
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Article 1
«3 Cuando en el presente Reglamento se fije un plazo para los procedimientos y la fecha de inicio o de cierre del plazo sea un sábado, un domingo o un día festivo, tal como se definen en el Reglamento (CEE, Euratom) n.o 1182/71: a) la fecha de inicio aplicable será el siguiente día hábil y comenzará a las 00:00 horas, habida cuenta del horario oficial de apertura de las oficinas; b) no obstante lo dispuesto en el artículo 3, apartado 2, letra b), y en el artículo 3, apartado 4, de dicho Reglamento, la fecha de cierre aplicable será el siguiente día hábil y finalizará a las 13:00 horas, hora de Bruselas.»;
«4 No obstante lo dispuesto en el apartado 3, cuando, a efectos del presente Reglamento, se aplique un término para la notificación de las cantidades de productos cubiertos por las solicitudes de certificados en virtud de un contingente arancelario o para la notificación de las cantidades no utilizadas en virtud de un contingente arancelario, dicho término concluirá al finalizar la última hora del último día, con independencia de si se trata de un sábado, un domingo o un día festivo.».
Article 19 bis Notificaciones relativas al arroz
Los Estados miembros notificarán todos los días a la Comisión lo siguiente: a) por lo que se refiere a los certificados de importación distintos de los destinados a la administración de los contingentes arancelarios de importación, las cantidades totales incluidas en los certificados expedidos, desglosadas por origen y código de producto; b) por lo que se refiere a los certificados de exportación, las cantidades totales incluidas en los certificados expedidos y desglosadas por código de producto.».
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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