Reglamento (UE) 2017/2279 de la Comisión, de 11 de diciembre de 2017, por el que se modifican los anexos II, IV, VI, VII y VIII del Reglamento (CE) n.° 767/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la comercialización y la utilización de los piensos (Texto pertinente a efectos del EEE. )
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Article 1
Los anexos II, IV, VI, VII, y VIII del Reglamento (CE) n.o 767/2009 quedan modificados con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Article 2
1 Las materias primas para piensos y los piensos compuestos etiquetados antes del 1 de enero de 2019 de conformidad con las normas aplicables antes del 1 de enero de 2018 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias si se destinan a animales productores de alimentos.
2 Las materias primas para piensos y los piensos compuestos etiquetados antes del 1 de enero de 2020 de conformidad con las normas aplicables antes del 1 de enero de 2018 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias si se destinan a animales no productores de alimentos.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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