Reglamento Delegado (UE) 2018/295 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2017, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) n.° 44/2014 en lo que respecta a los requisitos de fabricación de los vehículos y los requisitos generales y el Reglamento Delegado (UE) n.° 134/2014 en lo relativo a los requisitos de eficacia medioambiental y rendimiento de la unidad de propulsión para la homologación de los vehículos de dos o tres ruedas y los cuatriciclos
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Article 1 Modificaciones del Reglamento Delegado (UE) n.o 44/2014
El Reglamento Delegado (UE) n.o 44/2014 queda modificado como sigue: 1) En el artículo 2, el punto 42 se sustituye por el texto siguiente: «42)“ciclo de conducción”ciclo de ensayo que consiste en la puesta de la llave en la posición de arranque del motor, el modo de conducción en el que, de existir el funcionamiento incorrecto, este sería detectado y la puesta de la llave en la posición de parada del motor;». 2) Los anexos IV y XII se modifican de conformidad con el anexo I del presente Reglamento.
Article 2 Modificaciones del Reglamento Delegado (UE) n.o 134/2014
Los anexos II a VI, el anexo VIII y el anexo X del Reglamento Delegado (UE) n.o 134/2014 se modifican de conformidad con el anexo II del presente Reglamento.
Article 3 Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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