Reglamento Delegado (UE) 2018/828 de la Comisión, de 15 de febrero de 2018, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2015/68 en lo que se refiere a los requisitos relativos a los sistemas de frenado antibloqueo, los dispositivos de almacenamiento de energía de alta presión y las conexiones hidráulicas del tipo de conducto único (Texto pertinente a efectos del EEE.)
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Article 16 Requisitos aplicables a las conexiones hidráulicas del tipo de conducto único y a los tractores equipados con ellas
1 Los requisitos de rendimiento aplicables a las conexiones hidráulicas del tipo de conducto único de dispositivos de frenado y enganches de frenado de remolques y a los tractores equipados con conexiones hidráulicas de conducto único se establecen en el anexo XIII. Estos requisitos serán aplicables hasta el 31 de diciembre de 2024.
2 Los fabricantes no instalarán conexiones hidráulicas del tipo de conducto único en tractores nuevos después del 31 de diciembre de 2024.».
Article 2 Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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