Reglamento (UE) 2018/915 del Consejo, de 25 de junio de 2018, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/120 en lo que respecta a determinadas posibilidades de pesca
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Article 1 Modificaciones del Reglamento (UE) 2018/120
El Reglamento (UE) 2018/120 se modifica como sigue: 1) En el artículo 13, apartado 1, se añade la letra siguiente: «x) tiburón ballena (Rhincodon typus) en todas las aguas.». 2) En el artículo 45, apartado 1, se añade la letra siguiente: «r) tiburón ballena (Rhincodon typus) en aguas de la Unión.». 3) Los anexos IA, IJ y IV se modifican de conformidad con lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Article 2 Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018, a excepción del artículo 1, apartados 1) y 2), que serán aplicables a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.
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