Decisión (UE) 2019/1707 del Consejo de 17 de junio de 2019 relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité de Comercio creado en virtud del Acuerdo de Asociación Interino entre la Comunidad Europea, por una parte, y los Estados del Pacífico, por otra, en lo que respecta a la recomendación sobre determinadas modificaciones del Acuerdo para tener en cuenta la adhesión de Samoa y las adhesiones futuras de otros Estados insulares del Pacífico
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Article 1
La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en la séptima reunión del Comité de Comercio en lo que respecta a la recomendación de determinadas modificaciones del Acuerdo de Asociación Interino entre la Comunidad Europea, por una parte, y los Estados del Pacífico, por otra, para tener en cuenta la adhesión de Samoa y las adhesiones futuras de otros Estados insulares del Pacífico se basará en el proyecto de Recomendación del Comité de Comercio adjunto a la presente Decisión .
Article 2
Una vez adoptada, la Recomendación del Comité de Comercio se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Article 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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