Directiva de Ejecución (UE) 2019/68 de la Comisión, de 16 de enero de 2019, por la que se establecen las especificaciones técnicas para el marcado de las armas de fuego y sus componentes esenciales en virtud de la Directiva 91/477/CEE del Consejo sobre el control de la adquisición y tenencia de armas (Texto pertinente a efectos del EEE.)
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Article 1 Ámbito de aplicación
La presente Directiva se aplica a las armas de fuego y sus componentes esenciales, pero no se aplica a los paquetes más pequeños de munición completa.
Article 2 Especificaciones técnicas para el marcado de las armas de fuego y sus componentes esenciales
Los Estados miembros velarán por que el marcado exigido en virtud del artículo 4 de la Directiva 91/477/CEE se ajuste a las especificaciones técnicas establecidas en el anexo de la presente Directiva.
Article 3 Disposiciones de transposición
1 Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva a más tardar el 17 de enero de 2020. Informarán de ello inmediatamente a la Comisión. Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, estas incluirán una referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.
2 Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las principales disposiciones de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva.
Article 4 Entrada en vigor
La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Article 5 Destinatarios
Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.
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