Reglamento de Ejecución (UE) 2019/336 de la Comisión, de 27 de febrero de 2019, por el que se modifican el Reglamento (UE) n.° 1141/2010 y el Reglamento de Ejecución (UE) n.° 686/2012 en lo relativo al Estado miembro ponente para la evaluación de las sustancias 1-metil-ciclopropeno, famoxadona, mancoceb, metiocarb, metoxifenozida, pirimicarb, metilpirimifós y tiacloprid (Texto pertinente a efectos del EEE.)
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Article 1
El Reglamento de Ejecución (UE) n.o 686/2012 se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo I del presente Reglamento.
Article 2
El Reglamento (UE) n.o 1141/2010 se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo II del presente Reglamento.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 30 de marzo de 2019. No obstante, en caso de que se haya decidido prorrogar el período de dos años a que se refiere el artículo 50, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea, el presente Reglamento será aplicable a partir del día siguiente a aquel en que la legislación en el ámbito de los productos fitosanitarios deje de aplicarse al Reino Unido.
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