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Reglamento Delegado (UE) 2019/693 de la Comisión, de 7 de febrero de 2019, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) n.° 481/2014 que complementa el Reglamento (UE) n.° 1299/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las disposiciones específicas en materia de subvencionabilidad de los gastos para los programas de cooperación

CELEX
32019R0693
Document type
REG_DEL
Sector
Legislation
Date of document
2019-02-07
In force since
2019-05-07
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

«3 Los costes de personal se reembolsarán: i) de conformidad con el artículo 67, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 (justificados por el acuerdo laboral y las nóminas), o ii) en forma de baremos estándar de costes unitarios, de conformidad con el artículo 67, apartado 1, letra b), y con el artículo 68 bis, apartado 2, apartado 3, párrafo primero, y apartado 4, de dicho Reglamento, o iii) en forma de sumas a tanto alzado, de conformidad con el artículo 67, apartado 1, letra c), o iv) en forma de financiación a tipo fijo, de conformidad con el artículo 67, apartado 1, letra d) y con el artículo 68 bis, apartado 1, de dicho Reglamento.».

«6 En el caso de las contrataciones a tiempo parcial con arreglo al apartado 4, letra b), el reembolso de los costes de personal se calculará sobre la base de una única remuneración horaria determinada de alguna de las formas siguientes: i) dividiendo el coste bruto de empleo mensual entre el tiempo medio de trabajo mensual expresado en horas teniendo en cuenta el tiempo de trabajo fijado, a los niveles correspondientes, en el acuerdo laboral, así como por ley o mediante acuerdos celebrados entre los interlocutores sociales, o ii) dividiendo el último coste bruto de empleo anual documentado entre 1720 horas. La remuneración horaria se multiplicará por el número de horas realmente trabajadas en la operación.».

Article 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El punto 4 del artículo 1 se aplicará a partir del 14 de mayo de 2014.

Relations

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