Reglamento de Ejecución (UE) 2019/912 de la Comisión, de 28 de mayo de 2019, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.° 650/2014, por el que se establecen normas técnicas de ejecución en lo que respecta al formato, la estructura, el índice de contenidos y la fecha de publicación anual de la información que deben publicar las autoridades competentes de conformidad con la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (Texto pertinente a efectos del EEE.)
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Article 1
El Reglamento de Ejecución (UE) n.o 650/2014 queda modificado como sigue: 1) en el artículo 5, los párrafos segundo y tercero se sustituyen por el texto siguiente: «Las autoridades competentes actualizarán la información a que se refiere al artículo 143, apartado 1, letra d), de esa Directiva a más tardar el 31 de julio de cada año. Esa información se referirá al año natural anterior. Las autoridades competentes actualizarán periódicamente, en relación con las entidades sujetas a su supervisión prudencial, la información a que se refiere el artículo 143, apartado 1, letras a) a c), de la Directiva y, a más tardar, el 31 de julio de cada año, salvo que no se hayan producido cambios en la última información publicada.»; 2) el anexo I se sustituye por el texto que figura en el anexo I del presente Reglamento; 3) el anexo II se sustituye por el texto que figura en el anexo II del presente Reglamento; 4) el anexo III se sustituye por el texto que figura en el anexo III del presente Reglamento; 5) el anexo IV se sustituye por el texto del anexo IV del presente Reglamento.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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