Reglamento (UE) 2019/1926 del Consejo de 14 de noviembre de 2019 sobre el reparto de las posibilidades de pesca en virtud del Protocolo de aplicación del Acuerdo de colaboración de pesca sostenible entre la Unión Europea y la República de Senegal
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
Las posibilidades de pesca establecidas en virtud del Protocolo se reparten entre los Estados miembros del siguiente modo: a) atuneros cerqueros congeladores: España16 buquesFrancia12 buques b) cañeros: España8 buquesFrancia2 buques c) palangreros: España3 buquesPortugal2 buques d) arrastreros: España2 buques
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir de la fecha de aplicación provisional del Protocolo.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions