Decisión (UE) 2020/272 del Consejo de 20 de febrero de 2020 relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, y a la aplicación provisional, del Acuerdo de Colaboración de Pesca Sostenible entre la Unión Europea y la República de Seychelles y su Protocolo de aplicación (2020‐2026)
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Article 1
Se autoriza, en nombre de la Unión, la firma del Acuerdo de Colaboración de Pesca Sostenible entre la Unión Europea y la República de Seychelles (en lo sucesivo, «Acuerdo de Colaboración») y el Protocolo sobre la aplicación del Acuerdo de Colaboración de Pesca Sostenible entre la Unión Europea y la República de Seychelles (2020‐2026) (en lo sucesivo, «Protocolo»), a reserva de la celebración de dichos actos .
Article 2
Se autoriza al presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Acuerdo de Colaboración y el Protocolo en nombre de la Unión.
Article 3
El Acuerdo de Colaboración y el Protocolo se aplicarán de forma provisional desde el momento de su firma hasta tanto no terminen los procedimientos necesarios para su entrada en vigor.
Article 4
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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