Decisión (UE) 2020/1143 del Banco Central Europeo de 28 de julio de 2020 por la que se modifica la Decisión (UE) 2020/440 sobre un programa temporal de compras de emergencia en caso de pandemia (BCE/2020/36)
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1 Modificaciones de la Decisión (UE) 2020/440 (BCE/2020/17)
«1 El Eurosistema establece por el presente acto el programa temporal de compras de emergencia en caso de pandemia (“PEPP”), como programa de compras independiente. Su dotación global es de 1350000 millones EUR. Los pagos del principal de los valores adquiridos por el PEPP que vayan venciendo se reinvertirán mediante la compra de instrumentos de renta fija negociables admisibles, al menos hasta el final de 2022. En todo caso, la extinción gradual futura de la cartera del PEPP se gestionará de modo que se eviten interferencias con la orientación adecuada de la política monetaria.».
«3 El Consejo de Gobierno delega en el Comité Ejecutivo la facultad de fijar el ritmo y la composición adecuados de las compras mensuales del PEPP dentro de la dotación total de 1350000 millones EUR. En particular, la distribución de las compras por el PEPP podrá ajustarse para permitir fluctuaciones en la distribución de los flujos de compra en el tiempo, para todas las categorías de activos y todos los países.».
Article 2 Disposición final
La presente Decisión entrará en vigor el cuarto día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions