Decisión (UE) 2020/1332 del Banco Central Europeo de 15 de septiembre de 2020 por la que se designan jefes de unidades de trabajo que adopten decisiones delegadas sobre la significatividad de las entidades supervisadas y se deroga la Decisión (UE) 2017/937 (BCE/2020/40)
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Article 1 Decisiones delegadas que clasifican o dejan de clasificar a una entidad supervisada como significativa dentro de un grupo supervisado significativo o que modifican el nombre de una entidad supervisada significativa
Las decisiones delegadas de conformidad con el artículo 3, apartados 1, 2 o 4, de la Decisión (UE) 2017/934 (BCE/2016/41) las adoptará uno de los siguientes jefes de unidad de trabajo: a) el director general, o un subdirector general, de Entidades Sistémicas e Internacionales, si la supervisión de la entidad o grupo supervisado pertinente corresponde a la Dirección General de Entidades Sistémicas e Internacionales; b) el director general, o un subdirector general, de Entidades Universales y Diversificadas, si la supervisión de la entidad o grupo supervisado pertinente corresponde a la Dirección General de Entidades Universales y Diversificadas; c) el director general, o un subdirector general, de Entidades Especializadas y Entidades Menos Significativas, si la supervisión de la entidad o grupo supervisado pertinente corresponde a la Dirección General de Entidades Especializadas y Entidades Menos Significativas.
Article 2 Decisiones delegadas que dejan de clasificar como significativos a una entidad supervisada significativa o a un grupo supervisado significativo
Las decisiones delegadas de conformidad con el artículo 3, apartado 3, de la Decisión (UE) 2017/934 (BCE/2016/41) las adoptará el director general o el subdirector general de Gobernanza y Operaciones del MUS –o, si no estuvieran disponibles, el jefe de la División de Autorizaciones– y uno de los siguientes jefes de unidad de trabajo: a) el director general, o un subdirector general, de Entidades Sistémicas e Internacionales, si la supervisión de la entidad o grupo supervisado pertinente corresponde a la Dirección General de Entidades Sistémicas e Internacionales; b) el director general, o un subdirector general, de Entidades Universales y Diversificadas, si la supervisión de la entidad o grupo supervisado pertinente corresponde a la Dirección General de Entidades Universales y Diversificadas; c) el director general, o un subdirector general, de Entidades Especializadas y Entidades Menos Significativas, si la supervisión de la entidad o grupo supervisado pertinente corresponde a la Dirección General de Entidades Especializadas y Entidades Menos Significativas.
Article 3 Derogación y entrada en vigor
1 Se deroga la Decisión (UE) 2017/937 (BCE/2017/17).
2 La presente Decisión entrará en vigor el 1 de octubre de 2020.
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