Decisión (UE) 2020/1495 del Consejo de 13 de octubre de 2020 relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en el seno del Comité Aduanero creado en virtud del Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea, por una parte, y la República de Corea, por otra, por lo que respecta a una recomendación sobre la aplicación del artículo 27 del Protocolo relativo a la definición de «productos originarios» y a los métodos de cooperación administrativa
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Article 1
La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en el Comité Aduanero creado en virtud del Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra, se basará en el proyecto de recomendación de dicho Comité Aduanero .
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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