Directiva (UE) 2020/1504 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de octubre de 2020, por la que se modifica la Directiva 2014/65/UE relativa a los mercados de instrumentos financieros (Texto pertinente a efectos del EEE)
Text
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Article 1
En el artículo 2, apartado 1, de la Directiva 2014/65/UE, se añade la letra siguiente: «p) los proveedores de servicios de financiación participativa que se definen en el artículo 2, apartado 1, letra e), del Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo .
Article 2
1 Los Estados miembros adoptarán y publicarán a más tardar el 10 de mayo de 2021, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1 de la presente Directiva. Aplicarán dichas disposiciones a partir del 10 de noviembre de 2021.
2 Los Estados miembros comunicarán a la Comisión y a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) el texto de las principales disposiciones de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva.
Article 3
La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Article 4
Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.
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