Reglamento de Ejecución (UE) 2020/148 de la Comisión de 3 de febrero de 2020 relativo a la autorización del clorhidrato de robenidina (Robenz 66G) como aditivo en piensos para pollos de engorde y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 1800/2004 (titular de la autorización: Zoetis SA) (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1
Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal de la sustancia especificada en el anexo, perteneciente a la categoría «coccidiostáticos e histomonóstatos», en las condiciones establecidas en el mismo.
Article 2
El Reglamento (CE) n.o 1800/2004 se modifica como sigue: 1) Se suprime el artículo 2. 2) Queda suprimido el anexo.
Article 3
El preparado especificado en el anexo y los piensos que lo contengan, que hayan sido producidos y etiquetados antes del 25 de agosto de 2020 de conformidad con las normas aplicables antes del 25 de febrero de 2020, podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias.
Article 4
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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