Reglamento de Ejecución (UE) 2020/157 de la Comisión de 5 de febrero de 2020 relativo a la autorización de la tartrazina como aditivo en piensos para perros, gatos, peces ornamentales, aves ornamentales granívoras y pequeños roedores (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1 Autorización
Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal de la sustancia especificada en el anexo, perteneciente a la categoría «aditivos organolépticos» y al grupo funcional «colorantes», en las condiciones establecidas en dicho anexo.
Article 2 Medidas transitorias
1 La sustancia especificada en el anexo y las premezclas que la contengan que hayan sido producidas y etiquetadas antes del 26 de agosto de 2020 de conformidad con las normas aplicables antes del 26 de febrero de 2020 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias.
2 Las materias primas para piensos y los piensos compuestos que contengan la sustancia especificada en el anexo que hayan sido producidos y etiquetados antes del 26 de febrero de 2022 de conformidad con las normas aplicables antes del 26 de febrero de 2020 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias.
Article 3 Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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