Reglamento de Ejecución (UE) 2020/165 de la Comisión de 5 de febrero de 2020 relativo a la autorización de la endo-1,4-beta-mananasa producida por Paenibacillus lentus DSM 32052 como aditivo en piensos para pollos de engorde, pollitas criadas para puesta, pavos de engorde o criados para reproducción y para especies menores de aves de corral y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 786/2007 (titular de la autorización: Elanco GmbH) (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1
Se renueva la autorización como aditivo en la alimentación animal del aditivo especificado en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos zootécnicos» y al grupo funcional «digestivos», en las condiciones establecidas en dicho anexo.
Article 2
Queda derogado el Reglamento (CE) n.o 786/2007.
Article 3
La endo-1,4-beta-mananasa producida por Paenibacillus lentus ATCC 55045, las premezclas y los piensos compuestos que contengan esa sustancia, que hayan sido producidos y etiquetados antes del 26 de febrero de 2020 de conformidad con las normas aplicables antes del 26 de febrero de 2020, podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias.
Article 4
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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