Reglamento de Ejecución (UE) 2020/206 de la Comisión de 14 de febrero de 2020 por el que se autoriza la comercialización de pulpa, jugo de pulpa y jugo concentrado de pulpa de Theobroma cacao L. como alimento tradicional de un tercer país con arreglo al Reglamento (UE) 2015/2283 del Parlamento Europeo y del Consejo y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1
1 La pulpa, el jugo de pulpa y el jugo concentrado de pulpa de Theobroma cacao L. especificados en el anexo del presente Reglamento se incluirán en la lista de la Unión de nuevos alimentos autorizados establecida en el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470.
2 La inclusión en la lista de la Unión a la que se hace referencia en el apartado 1 comprenderá las condiciones de uso y los requisitos de etiquetado establecidos en el anexo del presente Reglamento.
Article 2
El anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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