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Reglamento (UE) 2020/797 de la Comisión de 17 de junio de 2020 por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 142/2011 en lo que respecta a las condiciones para los subproductos animales y los productos derivados originarios de la Unión y que vuelven a esta tras una denegación de entrada por un tercer país (Texto pertinente a efectos del EEE)

CELEX
32020R0797
Document type
REG
Sector
Legislation
Date of document
2020-06-17
In force since
2020-07-08
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

El Reglamento (UE) n.o 142/2011 se modifica como sigue: 1) En el artículo 25, apartado 3, se añade la letra siguiente: «c) las condiciones específicas para los subproductos animales y los productos derivados originarios de la Unión y que vuelven a esta tras una denegación de entrada por un tercer país, establecidas en el capítulo VI de dicho anexo.». 2) En el artículo 26, se añade la letra siguiente: «e) los materiales originarios de un Estado miembro que vuelvan a él tras una denegación de entrada por un tercer país deberán cumplir las condiciones específicas establecidas en el capítulo VI del anexo XIV.». 3) En el artículo 31, se añade el párrafo siguiente: «No obstante lo dispuesto en el párrafo primero, los subproductos animales y los productos derivados originarios de la Unión y que vuelvan a esta tras una denegación de entrada por un tercer país deberán cumplir las condiciones específicas establecidas en el capítulo VI del anexo XIV.». 4) El anexo XIV se modifica de conformidad con el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.

Article 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 14 de diciembre de 2019.

Relations

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