Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1103 de la Comisión de 22 de julio de 2020 por el que se aprueba una modificación que no es de menor importancia del pliego de condiciones de un nombre inscrito en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [«Brie de Melun» (DOP)]
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Article 1
Queda aprobada la modificación del pliego de condiciones relativa al nombre «Brie de Melun» (DOP) publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Article 2
La protección concedida en virtud del artículo 1 está sujeta al período transitorio concedido por Francia en virtud del artículo 15, apartado 4, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 a los operadores que cumplan las condiciones de dicho artículo, de conformidad con el Decreto de 29 de agosto de 2018, relativo a la modificación del pliego de condiciones de la denominación de origen protegida «Brie de Melun», publicado el 6 de septiembre de 2018 en el Diario Oficial de la República Francesa.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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