Decisión (UE) 2021/355 de la Comisión de 25 de febrero de 2021 relativa a las medidas nacionales de aplicación para la asignación gratuita transitoria de derechos de emisión de gases de efecto invernadero con arreglo al artículo 11, apartado 3, de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2021) 1215] (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1
1 Se rechaza la incorporación de las instalaciones enumeradas en el anexo I de la presente Decisión incluidas en las listas de instalaciones reguladas por la Directiva 2003/87/CE presentadas a la Comisión con arreglo al artículo 11, apartado 1, de dicha Directiva, así como de los datos correspondientes a dichas instalaciones.
2 Se rechazan los datos relativos a la asignación gratuita de la instalación enumerada en el anexo II de la presente Decisión incluida en las listas de instalaciones reguladas por la Directiva 2003/87/CE presentadas a la Comisión con arreglo al artículo 11, apartado 1, de dicha Directiva.
3 Se rechazan los datos correspondientes a las subinstalaciones con referencia de producto de las instalaciones enumeradas en el anexo III de la presente Decisión incluidas en las listas de instalaciones reguladas por la Directiva 2003/87/CE y presentadas a la Comisión de conformidad con el artículo 11, apartado 1, de esa Directiva.
4 No se formulan objeciones en caso de que un Estado miembro modifique los datos relativos a la división en subinstalaciones presentados con respecto a las instalaciones de su territorio incluidas en las listas mencionadas en el apartado 3 y enumeradas en el anexo III de la presente Decisión antes de determinar las cantidades anuales preliminares de derechos de emisión gratuitos para cada año de 2021 a 2025 de conformidad con el artículo 14, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) 2019/331.
5 Toda modificación contemplada en el apartado 4 se notificará a la Comisión lo antes posible, y los Estados miembros no procederán a la determinación de las cantidades anuales preliminares de derechos de emisión gratuitos para cada año entre 2021 y 2025 de acuerdo con el artículo 14, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) 2019/331 hasta que se hayan introducido modificaciones aceptables.
Article 2
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1, no se formulan objeciones con respecto a las listas de instalaciones reguladas por la Directiva 2003/87/CE presentadas por los Estados miembros con arreglo al artículo 11, apartado 1, de la mencionada Directiva ni a los datos correspondientes a dichas instalaciones. Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
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