Decisión (UE) 2021/486 del Consejo de 15 de febrero de 2021 sobre la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en el procedimiento escrito de los participantes en el Acuerdo sectorial sobre crédito a la exportación de aeronaves civiles que figura en el anexo III del Acuerdo en materia de créditos a la exportación con apoyo oficial, por lo que respecta al aplazamiento temporal del reembolso del principal de los préstamos
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Article 1
La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en el procedimiento escrito de los paticipantes en el Acuerdo sectorial sobre crédito a la exportación de aeronaves civiles, que figura en el anexo III del Acuerdo en materia de créditos a la exportación con apoyo oficial, por lo que respecta a la línea común sobre el aplazamiento temporal del reembolso del principal de los préstamos, se basará en el proyecto de línea común propuesto .
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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