Decisión de Ejecución (UE) 2021/563 de la Comisión de 31 de marzo de 2021 sobre la validez de determinadas decisiones relativas a informaciones vinculantes en materia de origen [notificada con el número C(2021) 2072] (Los textos en lenguas francesa y neerlandesa son los únicos auténticos)
Text
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Article 1
1 Las decisiones IVO mencionadas en la columna 1 del cuadro que figura en el anexo adoptadas por la autoridad aduanera especificada en la columna 2 para el producto especificado en la columna 3 se revocarán de conformidad con el apartado 2.
2 La autoridad aduanera que se especifica en la columna 2 del cuadro que figura en el anexo deberá revocar las decisiones IVO cuya referencia figura en la columna 1, y notificar este hecho al titular de la misma, a la mayor brevedad posible y, a más tardar, el décimo día siguiente a la fecha de notificación de la presente Decisión.
3 Cuando la autoridad aduanera revoque las decisiones IVO y efectúe la notificación a que se refiere el apartado 2, notificará este hecho a la Comisión.
Article 2
El destinatario de la presente Decisión es el Reino de Bélgica.
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