Decisión de Ejecución (UE) 2021/922 del Consejo de 7 de junio de 2021 por la que se autoriza a Dinamarca a aplicar un tipo impositivo reducido a la electricidad suministrada directamente a los buques atracados en puerto
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Article 1
Se autoriza a Dinamarca a que aplique un tipo impositivo reducido a la electricidad que se suministre directamente a los buques, distintos de las embarcaciones privadas de recreo, atracados en puerto, siempre que se respeten los niveles de imposición mínimos que dispone el artículo 10 de la Directiva 2003/96/CE.
Article 2
La presente Decisión será aplicable desde el 18 de junio de 2021 hasta el 17 de junio de 2027. No obstante, si el Consejo adopta, basándose en el artículo 113 u otras disposiciones pertinentes del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, disposiciones generales que establezcan ventajas fiscales para la electricidad en puerto, la presente Decisión dejará de aplicarse a partir del día en que esas disposiciones sean aplicables.
Article 3
El destinatario de la presente Decisión es el Reino de Dinamarca.
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