Decisión (UE) 2021/1787 del Consejo de 5 de octubre de 2021 relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Consejo Internacional de Cereales en relación con la modificación de la definición de «cereal» o «cereales» que figura en el Convenio sobre el Comercio de Cereales de 1995
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en el Consejo Internacional de Cereales consistirá en votar a favor de la modificación del artículo 2, apartado 1, letra e), del Convenio sobre el Comercio de Cereales, incluyendo las leguminosas en la definición de «cereal» o «cereales», de conformidad con la propuesta presentada por la Secretaría del Consejo Internacional de Cereales el 14 de mayo de 2021.
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions