Decisión (UE) 2021/1919 del Consejo de 29 de octubre de 2021 relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea respecto a la adopción de una decisión, mediante procedimiento escrito, por parte de los participantes en el Acuerdo en materia de créditos a la exportación con apoyo oficial en relación con la revisión del Acuerdo sectorial sobre créditos a la exportación de proyectos de generación de electricidad a partir de carbón que figura en el anexo VI de dicho Acuerdo
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Article 1
La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión respecto a la adopción por parte de los participantes de una decisión, mediante procedimiento escrito, para la revisión del Acuerdo sectorial sobre créditos a la exportación de proyectos de generación de electricidad a partir de carbón que figura en el anexo VI del Acuerdo en materia de créditos a la exportación con apoyo oficial de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos, se basará en el proyecto de Decisión relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea .
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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