Decisión (PESC) 2021/1989 del Consejo de 15 de noviembre de 2021 por la que se modifica la Decisión 2012/642/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia
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Article 2 undecies
1 Queda prohibido contratar seguros o reaseguros con: a) el Gobierno de Bielorrusia, sus organismos, empresas o agencias públicos, o b) cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo que actúe en nombre o por indicación de una persona jurídica, entidad u organismo contemplado en la letra a).
2 Las prohibiciones del apartado 1 no se aplicarán a los contratos de seguros obligatorios o de responsabilidad civil a personas, entidades u organismos bielorrusos cuando el riesgo asegurado esté situado en la Unión, ni a la prestación de cobertura aseguradora a las misiones diplomáticas o consulares bielorrusas en la Unión.
3 Las prohibiciones del apartado 1 se entienden sin perjuicio de la ejecución de los contratos celebrados antes del 25 de junio de 2021 y de los contratos accesorios necesarios para la ejecución de dichos contratos.».
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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