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Reglamento de Ejecución (UE) 2021/133 de la Comisión de 4 de febrero de 2021 por el que se establecen las normas de desarrollo del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/858 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al formato y la estructura básicos, así como a los medios de intercambio de los datos del certificado de conformidad en formato electrónico

CELEX
32021R0133
Document type
REG_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2021-02-04
In force since
2021-02-25
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1 Los medios de intercambio de datos

1 Los fabricantes facilitarán a la autoridad de homologación de tipo que haya concedido la homologación de tipo de vehículo completo una versión electrónica de los certificados de conformidad que se ajuste al formato y la estructura de los elementos de datos y los mensajes normalizados establecidos en el artículo 2 a través de cualquier punto de acceso nacional del sistema europeo de información sobre vehículos y permisos de conducción (Eucaris) en la Unión.

2 La autoridad de homologación utilizará Eucaris como medio de intercambio de los datos del certificado de conformidad, como datos estructurados en formato electrónico conforme a lo dispuesto en el artículo 37, apartado 8, letra c), del Reglamento (UE) 2018/858.

Article 2 Formato y estructura básicos de los elementos de datos y los mensajes normalizados

1 El formato y la estructura de los elementos de datos de los certificados de conformidad en formato electrónico y los mensajes utilizados en el intercambio contemplados en el artículo 37, apartado 8, letra a), del Reglamento (UE) 2018/858 se basarán en la estructura esquemática y los principios que rigen el lenguaje extensible de marcado (XML).

2 Los fabricantes y las autoridades de homologación utilizarán los mensajes de información inicial sobre el vehículo («mensajes IVI») normalizados que haya elaborado la parte designada por Eucaris para su tratamiento, a efectos del intercambio de los certificados de conformidad como datos estructurados en formato electrónico.

3 Los mensajes IVI incluirán todos los elementos de datos del certificado de conformidad en formato impreso contemplado en el artículo 36, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/858.

Article 3 Procedimiento de modificación de los elementos de datos

1 Previa consulta al Foro de Intercambio de Información en materia de Garantía de Cumplimiento («el Foro») mencionado en el artículo 11 del Reglamento (UE) 2018/858, la Comisión informará a la parte designada por Eucaris para el tratamiento de las modificaciones que se hayan introducido a las especificaciones de los elementos de datos destinados al certificado de conformidad en formato impreso contemplado en el artículo 36, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/858.

2 La parte designada por Eucaris para el tratamiento introducirá en los mensajes IVI las modificaciones necesarias a las que se refiere el apartado 1, en un plazo de tres meses a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea de las modificaciones del certificado de conformidad en formato impreso contemplado en el artículo 36, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/858.

3 La parte designada por Eucaris para el tratamiento planificará la fecha o fechas de publicación de la versión modificada de los mensajes IVI que se haya establecido de conformidad con el apartado 2 en un resumen anual e informará de ello al Foro y a la Comisión a principios de año. El número de versiones de los mensajes IVI se limitará a dos al año.

4 La Comisión comunicará al Foro la versión modificada de los mensajes IVI y las fechas anuales de publicación que haya previsto Eucaris.

5 Las autoridades de homologación, las autoridades de vigilancia del mercado, las autoridades de matriculación de los Estados miembros y los fabricantes aplicarán la versión modificada de los mensajes IVI en sus sistemas respectivos en un plazo de doce meses a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea de las modificaciones del certificado de conformidad en formato impreso contemplado en el artículo 36, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/858.

6 El certificado de conformidad que faciliten los fabricantes con arreglo al artículo 1, apartado 1, se basará en los mensajes IVI más recientes que reflejen las últimas modificaciones del certificado de conformidad en formato impreso contemplado en el artículo 36, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/858.

7 La Comisión determinará las fechas de aplicación de las modificaciones del certificado de conformidad en formato impreso contemplado en el artículo 36, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/858 teniendo en cuenta las fechas de publicación anuales de los mensajes IVI que se hayan previsto.

Article 4 Entrada en vigor y aplicación

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2023.

Relations

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