Reglamento (UE) 2021/1098 de la Comisión de 2 de julio de 2021 que modifica los anexos II, III y IV del Reglamento (CE) n.o 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de 24-epibrasinólida, extracto del bulbo de Allium cepa L., ciflumetofeno, fludioxonil, fluroxipir, 5-nitroguayacolato de sodio, o-nitrofenolato de sodio y p-nitrofenolato de sodio en determinados productos, ya sea en el interior o en la superficie (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1
Los anexos II, III y IV del Reglamento (CE) n.o 396/2005 se modifican con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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