Reglamento (UE) 2021/1531 de la Comisión de 17 de septiembre de 2021 por el que se modifican los anexos II, III y IV del Reglamento (CE) n.o 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos del aclonifén, la acrinatrina, Bacillus pumilus QST 2808, el etirimol, el pentiopirad, el picloram y Pseudomonas sp., cepa DSMZ 13134, ya sea en la superficie o en el interior de determinados productos (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1
Se modifican los anexos II, III y IV del Reglamento (CE) n.o 396/2005 con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 17 de mayo de 2021 por lo que respecta al LMR del etirimol en los pepinos.
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