Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1911 de la Comisión de 27 de octubre de 2021 que modifica el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/620 en lo relativo al estatus de libre de enfermedad de las Comunidades Autónomas de Galicia y Principado de Asturias, en España, con respecto a la infección por el complejo Mycobacterium tuberculosis; que modifica su anexo VIII en lo relativo al estatus de libre de enfermedad de la Comunidad Autónoma de Illes Balears, las provincias de Huelva y Sevilla y las regiones de Azuaga, Badajoz, Jerez de los Caballeros, Mérida y Zafra, en la provincia de Badajoz, en España, así como la región de Alentejo y el distrito de Santarém, en la región de Lisboa e Vale do Tejo, en Portugal, con respecto a la infección por el virus de la lengua azul; que modifica su anexo IX en lo relativo al estatus de libre de enfermedad de Aland, en Finlandia, con respecto a la infestación por Varroa spp., y que modifica su anexo XIII en lo relativo al estatus de libre de enfermedad de Dinamarca y Finlandia con respecto a la necrosis hematopoyética infecciosa (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1
Los anexos II, VIII, IX y XIII del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/620 se modifican de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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