Decisión de Ejecución (UE) 2022/575 de la Comisión de 6 de abril de 2022 relativo a medidas de emergencia para impedir la introducción de la fiebre aftosa en la Unión a través de las partidas de heno y de paja procedentes de terceros países o territorios y por el que se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2208 [notificada con el número C(2022) 2078] (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1 Objetivo y ámbito de aplicación
La presente Decisión establece medidas de emergencia para la entrada en la Unión de partidas de heno y de paja procedentes de terceros países y territorios.
Article 2 Requisitos para la entrada en la Unión de partidas de heno y de paja
1 Únicamente se permitirá la entrada en la Unión de partidas de paja (código NC ex12130000), contempladas en el capítulo 12 del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/632, o de heno (código NC ex121490), mencionadas en el mismo capítulo de dicho anexo, si proceden de los terceros países o territorios que figuran en la parte 1 del anexo de la presente Decisión.
2 No obstante lo dispuesto en el apartado 1, se permitirá la entrada en la Unión de partidas de paja granulada destinadas a la combustión en una instalación siempre que cumplan las siguientes condiciones: a) son originarias de terceros países o territorios que figuran en la lista de la parte 2 del anexo; b) se someten, en el momento de su entrada en la Unión, al procedimiento especial previsto en el artículo 210, letra a), del Reglamento (UE) n.o 952/2013; su transporte es vigilado, de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2019/1666 de la Comisión, mediante el sistema de gestión de la información sobre los controles oficiales (SGICO) establecido en el artículo 131 del Reglamento (UE) 2017/625; y se entregan directamente desde el puesto de control fronterizo de entrada en la Unión a la instalación de destino, situada en la Unión, en la que vayan a ser quemadas.
Article 3 Derogación
Queda derogado el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2208.
Article 4 Destinatarios
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
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