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Reglamento Delegado (UE) 2022/76 de la Comisión de 22 de septiembre de 2021 por el que se completa el Reglamento (UE) 2019/2033 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación que definen los ajustes de los coeficientes del factor K «flujo de negociación diario» (K-DTF) (Texto pertinente a efectos del EEE)

CELEX
32022R0076
Document type
REG_DEL
Sector
Legislation
Date of document
2021-09-22
In force since
2022-02-09
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1 Ajustes de los coeficientes K-DTF

1 Los ajustes de los coeficientes K-DTF a que se refiere el cuadro 1 del artículo 15, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/2033 en caso de que, en condiciones de tensión en el mercado contempladas en el Reglamento Delegado (UE) 2017/578, los requisitos de K-DTF parezcan demasiado restrictivos y perjudiciales para la estabilidad financiera, a los que hace referencia el artículo 15, apartado 5, letra c), del Reglamento (UE) 2019/2033, se determinarán mediante la fórmula siguiente: a) para el coeficiente de las operaciones al contado K-DTF: Cadj = C * (DTFexcl/DTFincl) donde: Cadjcoeficiente ajustado;Ccoeficiente del cuadro 1 del artículo 15, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/2033;DTFexclel DTF de las operaciones al contado medido con arreglo a lo dispuesto en el artículo 33 del Reglamento (UE) 2019/2033, excluido el valor de las operaciones al contado realizadas en condiciones de tensión en el mercado contempladas en el artículo 2; yDTFinclel DTF de las operaciones al contado medido con arreglo a lo dispuesto en el artículo 33 del Reglamento (UE) 2019/2033, incluido el valor de las operaciones al contado realizadas en condiciones de tensión en el mercado contempladas en el artículo 2; b) para el coeficiente de los derivados K-DTF: Cadj = C * (DTFexcl/DTFincl) donde: Cadjcoeficiente ajustado;Ccoeficiente del cuadro 1 del artículo 15, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/2033;DTFexclel DTF de los derivados medido con arreglo a lo dispuesto en el artículo 33 del Reglamento (UE) 2019/2033, excluido el valor de las operaciones de derivados realizadas en condiciones de tensión en el mercado contempladas en el artículo 2; yDTFinclel DTF de los derivados medido con arreglo a lo dispuesto en el artículo 33 del Reglamento (UE) 2019/2033, incluido el valor de las operaciones de derivados realizadas en condiciones de tensión en el mercado contempladas en el artículo 2. El cálculo del DTFexcl incluirá únicamente el valor del flujo de negociación diario relativo a los instrumentos financieros o subyacentes de instrumentos financieros negociados en un segmento de negociación dentro del centro de negociación pertinente durante una circunstancia en la cual se haya considerado que concurren condiciones de tensión en el mercado en ese centro de negociación.

Article 2 Período de condiciones de tensión en el mercado

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 1, se entiende por circunstancia de condiciones de tensión en el mercado una situación en la que se cumplan los parámetros a que hace referencia el artículo 6, apartado 2, del Reglamento Delegado (UE) 2017/578 y en la que esas condiciones de tensión en el mercado conduzcan al aumento de los volúmenes de negociación. El momento inicial y el momento final de una circunstancia de condiciones de tensión en el mercado será el momento que el centro de negociación haya determinado de conformidad con el artículo 6, apartado 2, del Reglamento Delegado (UE) 2017/578.

Article 3 Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Relations

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